miércoles, 11 de abril de 2012

AMPE planteó modificar Ley Orgánica de Municipalidades, presentó proyecto al Congreso de la República

AMPE.- Con el objetivo de dinamizar la gestión de las municipalidades con pleno ejercicio de su autonomía política, económica y administrativa en beneficio de todos los peruanos, la Asociación de Municipalidades del Perú, AMPE, presentó al Congreso de la República, un proyecto de ley que plantea modificar 30 artículos de la Ley Orgánica de Municipalidades, LOM. 
Las modificaciones a la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, contemplan los criterios básicos de reafirmación del respeto a la autonomía municipal y su libre ejercicio, respeto a la heterogeneidad de los gobiernos locales y derecho a determinar su propia organización y estructura, pleno ejercicio del manejo del suelo y territorio, derecho a realizar actividad empresarial municipal en servicios públicos locales sin requerimiento de ley expresa y determinación de recursos necesarios para el desarrollo local. 
Entre las modificaciones propuestas destaca la referida al artículo 9° de la LOM para atribuir al Consejo Municipal la facultad de crear mediante “ordenanza” la policía municipal, el serenazgo y aprobar las normas para el servicio de seguridad ciudadana. 
Otro de los artículos es el 35° por el cual los gobiernos locales crearan mediante “Ordenanza” empresas municipales de prestación de servicios públicos ediles dentro de su jurisdicción. A fin de promover el desarrollo económico local. La iniciativa legislativa plantea también la modificación del artículo 69° sobre rentas municipales para que, cuando por ley se reduzcan las rentas de los Gobiernos Locales, se consigne expresamente la fuente de financiamiento o los mecanismos de compensación que sustituyan en ese mismo ejercicio y los siguientes, la menor captación que se produzca por efecto de la norma. 
También pide modificar el artículo 84° sobre Programas sociales y defensa y promoción de derechos incluyendo la función de difundir y promover el conocimiento de los derechos que tienen los consumidores y usuarios y suscribir convenios con la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor para realizar acciones que protejan al consumidor. 
Otro de los artículos que plantea modificar es el 136°, por el cual la condición de municipalidad de frontera es considerada para efecto de la distribución del FONCOMUN, canon u otras transferencias de recursos a favor de ellas; así como que sus proyectos de inversión tendrán prioridad en los presupuestos participativos provinciales y regionales. El proyecto de Ley presentado al Congreso de la República propone modificar también los artículos 3º, 10º, 11º, 12º, 13º,15º, 17º, 20º, 22º, 24º, 25º, 27º, 28º, 29º, 39º, 40º, 50º, 59º, 65º, 66º, 70º, 124º, 139º e incorpora el inciso 7.6 en el artículo 161º, Décimo Segunda y Vigésimo Primera Disposiciones Complementarias de la LOM.

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