El viernes 9
de febrero, el Jurado Nacional de Elecciones a través de la Separata Especial
del Diario Oficial El Peruano publicó los reglamentos y las disposiciones normativas que regirán en las Elecciones Regionales y
Municipales del 7 de octubre de este año, en el propósito de que estas ganen
celeridad, transparencia y seguridad en beneficio de las organizaciones
políticas, candidatos y ciudadanos. La Separata “Reglamentos y Disposiciones
Normativas Elecciones Regionales y Municipales 2018”, de 96 hojas
contiene diversas aclaraciones y modificaciones con respecto a las anteriores elecciones
regionales y municipales, y que permitirán a las agrupaciones políticas,
candidatos y electores conocer con claridad las reglas que serán de observancia
en las elecciones, a fin de que puedan ejercer de manera eficaz su derecho
político consagrado en la Constitución. Igualmente, darán celeridad y
seguridad a los procedimientos administrativos y jurisdiccionales, redundando
en un óptimo desenvolvimiento del proceso electoral
En lo que
respecta al titular, se basa en la Resolución N° 0088-2018-JNE que incrementa
a dos los representantes de consejeros en las provincias de Huaura, Cañete,
Yauyos y Cajatambo ante el Consejo del gobierno regional de Lima Provincias. El
incremento de representantes de las provincias de Huaura y Cañete se da debido
al aumento poblacional determinada por el INEI, mientras que en los casos de
las provincias de Yauyos y Cajatambo la misma norma establece que uno de ellos
(candidato titular y accesitario) deberán ser representantes de las Comunidades
Nativas, Campesinas y Pueblos Originarios, en cumplimiento al Art. 191° de la
Constitución Política del Perú. Con esta modificación el consejo regional de
Lima Provincias a partir del 2019 ya no estará integrado por 9 consejeros sino
por 13 consejeros.
Adicionalmente
aclara, que cada lista de candidatos al Consejo Regional debe considera entre
los candidatos titulares los siguientes requisitos:
1. No menos de
un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres. (no menos de 4 candidatos(as)
hombres o mujeres, para el caso de nuestra región)
2. No menos de
un veinte por ciento (20%) de ciudadanos jóvenes, menores de veintinueve (29)
años de edad. (no menos de 3 candidatos menores de 29 años de edad, para el
caso de nuestra región).
3.
Un mínimo de quince por ciento (15%) de representantes de comunidades nativas y
pueblos originarios en cada región donde existen, conforme lo determine el
Jurado Nacional de Elecciones (JNE) (dos consejeros serán elegidos como
representantes de comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios – uno por
Yauyos y otro por
Cajatambo).
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