Con Resolución N° 1120-2014-JNE de fecha 05 de agosto de 2014 el Jurado
Nacional de Elecciones declaro INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por
el movimiento regional Fuerza Regional, y CONFIRMÓ la Resolución N°
00002-2014-JEE-HUAURA/JNE, de fecha 15 de julio de 2014, emitida por el Jurado
Electoral Especial de Huaura, en el extremo que declaró IMPROCEDENTE las
candidaturas de Juan Euler Hipólito Ascencio y Pedro Pablo Ravichagua Bejarano,
candidatos a consejeros regionales, titular y accesitario, respectivamente, por
la provincia de Yauyos, departamento de Lima.
El motivo de la IMPROCEDENCIA de los candidatos a Consejeros regionales
se debería a la elección interna de los representantes de la provincia de Yauyos,
habiéndose establecido una modalidad de elección diferente a la prevista en el
estatuto del movimiento regional recurrente, resultando evidente que dicha acta
contraviene el referido documento institucional y con ello a las normas sobre
democracia interna, tal como señaló el JEE en la resolución impugnada, por lo
que el Jurado Nacional de Elecciones desestimó el recurso de apelación
interpuesto y confirma la resolución recurrida.
Por tanto, al declarar infundada la apelación pertinente y confirmar la
decisión del JEE de Huaura, el JNE excluyó a los candidatos de la lista de
Fuerza Regional, Juan Euler Hipólito Ascencio y Pedro Pablo Ravichagua Bejarano.
En la misma lista
regional fueron declarados también IMPROCEDENTES los candidatos a Consejeros
Regionales por la provincia de Huaura Julio Toledo Landa y Mercedes Gloria
Aranda Ferrebu, así como también de la provincia de Cajatambo Cesar Augusto Reyes
Villanueva y Joselyn Rosa Coronado Vivar.
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